REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE COMPUTACIÓN Y EQUIPAMIENTO MÓVIL.
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Objeto del reglamento
Art. 1.- El presente reglamento tiene como objeto normar el buen uso de equipos del Laboratorio de Informática, regular el uso del equipo de computación, de infracciones, sanciones y procedimiento disciplinario.
Denominaciones
Art. 2.- Para efectos de este reglamento se denominará:
a) Laboratorio: al Laboratorio de Computación.
b) Usuario: a todo aquel que haga uso de las instalaciones del Laboratorio de Computación de acuerdo al Art. 3 de éste reglamento.
c) Equipo de computación: a todo hardware que se encuentre en el interior del laboratorio entendiéndose tanto internos como externos del equipo.
d) Software: a los programas incorporados y/o instalados en los computadores.
e) Clase: a toda actividad pedagógica o de investigación realizada por algún docente o ayudante perteneciente a
f) Manutención: a toda labor que realice el encargado del Laboratorio o el técnico que preste asistencia técnica en cuanto a configuración, instalación de software ,así como también de hardware.
Usuarios del Laboratorio de Informática
Art. 3.- El Laboratorio de Computación será utilizado solamente para fines educacionales y de investigación o de apoyo a las actividades académicas del Establecimiento. Asimismo, está estrictamente reservado para alumnos, profesores, personal y personas relacionadas con las actividades de
TITULO II
Del horario de servicio
Art. 4.- El horario para utilización del Laboratorio de Computación será de lunes a viernes de las 8:15 a.m. a las 16:30 p.m. Para la utilización del equipo del laboratorio fuera de este horario, deberá solicitarse la autorización respectiva, de conformidad con el procedimiento de préstamo descrito al final del reglamento.
Es necesario reservar con anticipación el Laboratorio de computación durante las horas libres de éste, con la finalidad de llevar un orden y que cada profesor lo utilice cuando lo requiera.
Art. 4.1 La realización de actividades del laboratorio de computación deben quedar registradas en un libro especialmente habilitado para aquello, donde cada persona responsable de la misma debra escribir su NOMBRE, DESCRIPCION DE
Art. 4.2 Se utilizara en periodos fuera de jornada escolar, para tener una equidad de usos por mucha demanda, previa solicitud del Responsable (docente o funcionario del establecminiento) de la actividad.
Art. 4.3 Podrá ser utilizado por apoderados, previa solicitud de l responsable de la actividad, para fines de perfeccionamiento y tramites Online.
4.3. Utilizar los últimos 5 minutos de la clase para dejar ordenado el equipamiento y mobiliario de la dependencia para ser utilizado por usuarios siguientes.
TITULO III
Del cuidado del equipo de computación y del laboratorio de informática
Comportamiento de los usuarios en el laboratorio.
Art. 5.- Los usuarios del Laboratorio deberán contribuir a mantener ordenado y limpio las instalaciones, por lo que deberán botar la basuras y residuos en el contenedor habilitado para aquello, evitar manchar las paredes y deberán dejar el equipo en su lugar correspondiente sin desconectarlo. Asimismo, está prohibido, comer en estas instalaciones.
Para mantener las instalaciones en un ambiente de estudio y no interferir con el trabajo de los demás, los usuarios deberán hablar en voz baja y utilizarán un vocabulario de acuerdo a como lo dictan la moral y las buenas costumbres.
Además está prohibido sentarse en las mesas o apoyarse en el equipo de informática.
No se deberá mover el equipo, o cambiarlo de una mesa a otra. Solamente en caso de ser aprobado por el personal o encargado de laboratorio.
Cualquier anomalía relacionada con el laboratorio deberá ser notificada a la brevedad posible al encargado del laboratorio o personal con la finalidad de tomar acciones inmediatas.
El usuario que no respete dicho reglamento será suspendido temporalmente para el uso del laboratorio de computación y se informará por escrito al Jefe de UTP quien determinará la duración de la suspensión.
TITULO IV
Uso Del software de los computadores
Art. 6.- Solo el Administrador del laboratorio de Informática será el responsable de instalar los programas de computadoras en el equipo del Laboratorio, de acuerdo a las Licencias de uso de software adquirido por el Establecimiento.
El Encargado avisara con una semana anticipación a la limpieza de PC, para que el profesorado respalde trabajos de sus alumnos u archivos de relevancia (etc) .
El encargado del Laboratorio no se hará responsable por la perdida de archivos de un equipo, cada usuario tiene la obligación de respaldar su información en algún medio de almacenamiento externo ya que periódicamente se eliminan los archivos respaldados en cada computador, por concepto de seguridad y eficiencia en el uso del recurso informático.
TITULO V
Conexiones a sitios de Internet
Art. 7.- Está prohibido el acceso a programas y sitios Web que atenten contra la integridad y seguridad de la red o cuyo contenido sea considerado contrario a la moral y buenas costumbres.
Además se prohíbe la utilización del Laboratorio de Informática para conectarse de manera no autorizada a máquinas de la red o fuera de
Queda terminantemente prohibido el uso del laboratorio de computación para actividades ilícitas o que pudieran causar daños al equipo de computación.
Consultar al encargado la instalación de cualquier aplicación que apoye las actividades de las clases.
TITULO VI
INFRACCIONES Y SANCIONES
Art. 8.- Las infracciones y sanciones a este reglamento se regirán de acuerdo a como lo establece el “Reglamento INTERNO DE CADA UNIDAD EDUCATIVA”, “Infracciones, sanciones y procedimiento”.
No obstante el encargado de laboratorio de informática estará facultado para exigir el desalojo de las instalaciones a aquellas personas que no presenten un comportamiento acorde a este reglamento. Además podrá pedir restricciones de uso para aquellos usuarios que no cumplan con el presente reglamento.
8.1 El encargado estará facultado para no dejar ingresar al docente que no verifique visualmente la cantidad de Mouse, Estado visual de los teclados, etc. con pauta firmada, en visitas anteriores.
TITULO VII
Hardware
- la tarea de mantencion se realizará en momentos que el encargado considere adecuados y planificados con antelacion ,para no interferir con el normal funcionamiento del laboratorio y/o las clases.
- El cambio de piezas de un equipo sera regustrado en el libro de "Historial de equipamiento computacional", para asi tener un registro de las fallas de cada uno de los equipos. este debe tener asignado el NRO INVETARIO y DESCRIPCION del cambio u evento como minimo.
- La llegada de equipamiento debe quedar registrada en el libro "Historial de equipamiento computacional" y adjuntar en un archivador los ducumentos respectivos de despacho del mismo.
- Para dar de baja un equipeminto debe realizarse un imforme detallando de las razones para esta accion siendo presentado a la direccion del establecmiento, tomada la decicion tomar registro de aquello el el libro "Historial de equipamiento computacional" y adjuntar la documentacion pertinente.
TITULO VIII
Equipamiento movil
-Cada prestamo de equipamiento movil , llamese a este todo equipamiento que es de uso comun del establecimieto tales como notebook, proyectores, telones, entre otros. debe quedar registrado en el "libro de equipamiento movil", ya sea en su entrega como en su regreso.
-El equipamieto de este tipo debe ser guardado en un mueble de seguridad especialmete acondicionado para esta tarea, el cual debe estar empotrado a una superficie fija ya sea esta el piso o la pared.
TITULO VIII
USO PEDAGÓGICO.
-El docente debe entregar copia de la planificación para poder contar con todo lo necesario para que funcione los recursos seleccionados.
-EL docente debe reservar con anticipación la hora del laboratorio y equipos.
MEDIDAS EXTREMAS:
-En caso de que el coordinador note la falta de algún equipo y/o periférico, deberá revisar la sala con el inventario e informar a la dirección del establecimiento, quien a su vez lo hará a quien corresponda.
Integrantes:
EDUARDO BURGOS G.
Esteban Echeverría C
Mª Antonieta Solís M
Marina Fuentes C
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